01 / 09 / 2022
Claudio Fuentes – Sonar FM
“Se señala en un artículo que todas las personas tendrán derecho a una vivienda digna y adecuada; y en otro artículo, en el 78, se señala el tema del derecho a la propiedad sobre toda clase de bienes. Por lo tanto, está garantizado que tú tienes derecho a la propiedad, pero no está explicitado en el texto constitucional las fórmulas mediante el cual tú puedes acceder a esa casa, porque eso se define en una ley”.